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Wednesday, January 27, 2016

Un informe judicial peculiar

Hace varias semanas había publicado en Twitter el enlace del informe judicial redactado por el Juez Presidente John Roberts del Tribunal Supremo para el año 2015.  http://www.supremecourt.gov/publicinfo/year-end/2015year-endreport.pdf

Es casi una costumbre de muchas jurisdicciones presentar el informe de los logros y resultados de la corte en cuestión; en el caso del Tribunal Roberts no fue la excepción.

Estos informes se preparan para que el ciudadano en general, académicos y abogados los lean y conozcan de primera mano las ejecutorias de estos representantes de la Justicia. Yo soy uno de tantos que se lee estas cosas por entretenimiento y,  ahora luego de crear este blog, lo comento para el beneficio de usted. 

Comienza Roberts su informe con una anécdota basada en el ritual del duelo descrito en un libro y como personas famosas, que dejaron sus huellas en la historia, pudieron haber perecido en este acto tan absurdo y barbárico; todo por el honor. Roberts incluye esta anécdota histórica para inmediatamente discutir el progreso en el sistema judicial actual y como el mismo opera a la luz de una reglamentación: Federal Rules of Civil Procedure. Esta introducción histórica y el proceso, sucintamente resumido, de como se aprueba estas reglas es lo que da pie a la intensa labor de lo que costó aprobar las nuevas Reglas de Procedimiento Civil Federal por cinco años.

El propio Roberts reconoce que el litigio en el ámbito de lo civil es costoso y cuesta arriba; while the federal courts are fundamentally sound, in many cases civil litigation has become too expensive, timeconsuming, and contentious, inhibiting effective access to the courts. A pesar de este reconocimiento, esto  me obliga a cuestionar la posicion del Tribunal Supremo Federal en el caso de AT-T v. Concepción. Este caso es famoso porque le hace la vida imposible a los litigantes en pleitos de clase al validar en los contratos de adhesión, de estas empresas, las cláusulas de arbitraje y eliminando, a su vez, toda posibilidad de este tipo de pleito. ¿Es esto lo que ellos consideran economía procesal según dispone la Regla 1 de las de Procedimiento Civil Federal? Mi respuesta sería contraria a lo resuelto en dicho caso. Es el argumento de muchos académicos que la Corte Roberts responde a los grandes intereses más que a otros; sobre este tema sugiero leer Chemerinsky.

A su vez, Roberts nos invita, al citar la Regla 1 con sus ochos palabras, que los abogados, jueces y partes en el pleito deben memorizar de corazón lo que ella dispone: "should be construed, administered, and employed by the court and the parties to secure the just, speedy, and inexpensive determination of every action and proceeding.” Si fuéramos a unirnos a la opinión disidente de S. Breyer en Concepción validaríamos que la Regla 1 de las FRCP es letra muerta para los pleitos de clases.

Esta situación nos fuerza preguntarnos: ¿Cómo se obtiene ese beneficio de un juicio rápido y adecuado que no haga mella en el bolsillo de un litigante común? Roberts discute lo eficaz del descubrimiento de prueba y de como el juez, como mediador y guía, puede convertirse en el aliado ideal de las partes para que el mismo sea adecuado y eficaz; pero, ¿sería económico?  No lo creo. 

A este proceso se le añade el elemento que está muy en boga y cuyo culpable es la tecnología: la información electronica guardada (electronic stored information/ESI). Una nueva forma en que la prueba es guardada por una parte, ya sea guardada a través del disco duro de su computadora, servidores y mediante los correos electrónicos que se cursan entre las partes o dentro de una entidad. Aunque esto suena avant garde y progresista, no todos los litigantes tienen los medios para poder envolverse en este tipo de descubrimiento costoso que solo las grandes industrias pueden acarrear. Para las personas como usted y como yo el requerir este tipo de producción de prueba a través de un tercero, lo que se conoce como discovery company, es un costo sumamente elevado que en cierta forma encarecería la búsqueda de la justicia.

Imaginemos que usted incoa un pleito contra la corporación Acme (nombre ficticio) por discrimen de género al no ser promovida/o a un puesto al cual cualifica.  Acme guarda toda la información de recursos humanos en sus servidores. En la fase de descubrimiento se entera que no existe documento en papel sino electrónico y que se lo pone a su disposición. Asumamos que la información electrónica consta de cuarenta mil documentos. ¿Qué persona común en su sano juicio va incurrir en los costos de decodificar esta informacion electronica? ¿En qué medida esto va a ser un litigio economico para una persona que lucha por hacer valer su detecho contra un mogul? El tiempo dirá y contestará estas interrogantes.

Por último, Roberts invita a los jueces a integrarse de lleno en el desarrollo del caso. The success of the 2015 civil rules amendments will require more than organized educational efforts. It will also require a genuine commitment, by judges and lawyers alike, to ensure that our legal culture reflects the values we all ultimately share. De igual forma, invita a los abogados, sin renunciar a los derechos de sus representados, a hacer lo posible porque el espíritu de las Reglas se lleven a cabo. Esto en papel suena bonito, pero en la práctica: it is a different ballgame.


Monday, November 30, 2015

Las hermanas en Derecho

Queridos lectores, sé que llevo tiempo sin escribir en este foro. La vida en el Norte no es fácil y más cuando se tiene y se quiere hacer tantas cosas con tan poco tiempo. Pero eso no significa que no esté activo en lo que más me gusta, leer todo a mi alcance sobre el Tribunal Supremo de los Estados Unidos. Recientemente, terminé un libro y adquirí la edición especial de Time sobre Tribunal Supremo; esta última la he visto por encima pero no me he sumergido en su lectura aun. 

Pero sin distraer la atención suya, recomiendo y sugiero leer el libro Sister in Law: How Sandra Day O'Connor and Ruth Bader Ginsburg went to the Supreme Court and Changed the World por  Linda Hirshman. Al principio estaba un poco escéptico con su formato y contenido. A pesar de que escuché buenos comentarios en los podcast, en especial una entrevista en NPR, no estaba del todo seguro sobre el contenido del libro.  Incluso SCOTUSblog hizo una reseña sobre el mismo,viéndola   por vez primera ayer. 

A pesar de mi escepticismo, al este libro tener datos sobre la Juez Ruth Bader Ginsburg (en adelante "RBG") no podía dejar de pasar la oportunidad de leerlo y llegar a mis propias conclusiones.

El libro no está dirigido a abogados, exclusivamente, sino al público en general. Su prosa es sencilla y la forma en que el libro está muy bien organizado. No les oculto que hay discusión de jurisprudencia o casos, eso no puede faltar, pero está hecho de tal forma que no convertirá su lectura en aburrida.

Comienza el libro con la vida de ambas juezas en su adolescencia; una en los campos de Arizona y la otra en su barrio de Brooklyn. De ahí presenta las vicisitudes de dos mujeres en una época en donde ser mujer no era fácil. Sugiero prestar atención, de leer el libro, en una anécdota de RBG en Harvard y de Sandra Day O'Connor cuando busca trabajo como abogada.

De ahí, pasa a los problemas que enfrentaron ambas para conseguir trabajo en sus respectivos estados y como eran vistas en un mundo, predominantemente, machista; y la cosa sigue igual. 

La parte más interesante es como ambas, desde sus respectivos puestos, una como senadora y la otra como abogada de ACLU, comienzan a mover el dínamo del cambio. En esta parte, ambas es su oficio como abogada y legisladora, veremos ejemplos de esos cambio. En especial, esos cambios los veremos en los casos que RBG manejaba en la ACLU, su argumentación  en el Tribunal Supremo y la calificación que uno de los jueces asociados le dio a ella en su argumentación oral. Veremos personajes como Harry Blackmun, Lewis Powell Jr., William Brennan y otros que nunca son mencionados en otros libros, como los  oficiales jurídicos, hacer apariciones esporádicas en este relato quasi-biográfico.

Es obvio que el libro discutirá los nombramientos de ellas a la judicatura y su proceso de confirmación ante el Senado de los EE UU; incluyendo los casos más importantes argumentado ante ellas y como la amistad entre ellas comenzó y que aún se mantiene. 

De igual manera existe, entre los muchos denominadores comunes, una mención a la enfermedad que ambas sufrieron durante su término y la situación de salud de sus respectivos cónyuges.

El libro termina con la descripción de la famosa página de Notorious RBG y con la discusión de los casos decididos en el término judicial de 2014 del Tribunal Supremo, siendo ella la voz dulce disidente que hace temblar los cimientos del Templo de la Justicia.

Es un libro que se puede leer en dos semanas o menos y que no le va a aburrir.  Es un libro entretenido con citas interesantes, si usted examina mi Kindle, el libro tiene tantos comentarios y subrayados que parece más bien un libro de texto que uno de entretenimiento. Pero ese soy yo, usted no tiene que llegar a ese nivel de compulsividad por RBG o por SCOTUS.

Thursday, July 16, 2015

Un rotundo No del Tribunal Supremo de Puerto Rico

A pesar de que no he escrito nada sobre lo espectacular que ha estado el Tribunal Supremo Federal en su fin de la sesión de 2014, prometo hacerlo pronto. De igual manera, no quiero obviar la gran decisión d Tribunal Supremo de Puerto Rico que en la tarde de hoy cerró el día con broche de oro. 

Todos sabemos que el 26 de junio del corriente, el Tribunal Supremo de los Estados Unidos emitió la tan esperada decisión en Obergefell v. Hodges. Una decisión que claramente estableció el derecho de la comunidad LGBT a contraer matrimonio bajo el principio de igual protección de las leyes y del debido proceso de ley establecido en la Décimo Cuarta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos. Así nos dice el Juez Asociado A. Kennedy en Obergefell:
The right of same-sex couples to marry that is part of the liberty promised by the Fourteenth Amendment is derived, too, from that Amendment’s guarantee of the equal protection of the laws. The Due Process Clause and the Equal Protection Clause are connected in a profound way, though they set forth independent principles. Rights implicit in liberty and rights secured by equal protection may rest on different precepts and are not always coextensive, yet in some instances each may be instructive as to the meaning and reach of the other. 
*          *         *             *     
They ask for equal dignity in the eyes of the law. The Constitution grants them that right. 
http://www.supremecourt.gov/opinions/14pdf/14-556_3204.pdf.

A pesar de esta gloriosa decisión, un grupo de fanáticos y legisladores del Partido Nuevo Progresista (cuatro de ellos) fueron al Tribunal Superior de San Juan para impugnar una orden ejecutiva (OE-2015-021) suscrita por el Gobernador Alejandro García Padilla. Esta orden ejecutiva se emitió inmediatamente luego de darse a conocer Obergefell. Este grupo de legisladores impugnaron la orden ejecutiva y solicitaron un cese y desista (injunction) para que el Estado no emita licencias de matrimonio. Su argumentación, a vuelo de pajaro, era porque Obergefell no aplicaba a Puerto Rico. El Tribunal de Primera Instancia les declaró sin lugar la solicitud de cese y desista y estos fueron corriendo al Tribunal Supremo en auxilio de jurisdicción y con un recurso de certificacion intrajurisdiccional.

Es importante destacar que uno de esos legisladores es una ultra religiosa que estudió Derecho y cuya mentalidad anexionista la empujó a argumentar que la Décimo Cuarta Enmienda no aplicaba a Puerto Rico por ser un territorio y no un estado. Aparentemente la parte de la decisión que reza The Constitution grants them that right [same sex marriage] no la debió de entender al leerla; me imagino porque estaba en inglés y ella no lo entiende como algunos de sus correligionarios. De igual manera, debió de haber borrado de su memoria todos los principios básicos del Derecho Constitucional aprendido y aplicado al argüir semejante barbaridad. 

La decisión fue un no ha lugar con dos jueces asociados del Tribunal Supremo, que comulgan la ideología anexionista de estos cuatro legisladores, en donde aprovechan para decirle a los peticionarios que están equivocados y que Obergefell aplica a Puerto Rico. La Juez Asociada A. Rodríguez, en su opinión de conformidad, da entrever entrelíneas (la cual pudo haber plasmado en dos paginas) que estos cuatro representantes del Pueblo han forzado al Pueblo a incurrir en gastos y tiempo innecesariamente en un litigio frívolo y sin sustancia, tanto en el Tribunal de Primera Instancia y en el Tribunal Supremo.

Pero regresemos a la estocada limpia y en Derecho que le dieron a estos cuatro políticos. Por un lado la Juez Asociada M. Pabón Charneco le indica a los peticionarios que los derechos fundamentales de la Constitución de EE UU, que ellos tanto alaban, aplica a Puerto Rico por virtud de la Quinta o la Décimo Cuarta Enmienda. Primer strike. Incluso, la Juez Asociada Pabón Charneco le dice: "La Rama Judicial del territorio de Puerto Rico... no tiene poder para revisar o cuestionar una decisión del Tribunal Supremo federal." (Énfasis del autor). Segundo strike. En pocas palabras, la colonia tiene que obedecer al amo; si quieres ser estado de EE UU, vienes obligado, de igual forma, a seguir obedeciendo al amo. Si usted quiere discriminar a esta población, separase del todo de los EE UU, y asedie las instituciones del Estado con su ideología fundamentalista; cosa que ellos no irían a hacer. Por otro lado, el Juez Asociado García Rivera les hace cometer el tercer strike al repetir lo mismo que Pabón Charneco en unas pocas líneas.

Solo espero que mañana, el Tribunal de Primera Instancia emita su fallo desestimando el caso con perjuicio a la luz de lo resuelto por Obergefell y acatado por el Tribunal Supremo de Puerto Rico.












Saturday, June 6, 2015

En realidad no era sobre libertad de expresión

Las redes estaban el pasado lunes que explotaban. Todo el mundo decía que el caso de libertad de expresión en las redes sociales iba a discutirse en el Tribunal Supremo Federal. Que gran desilusión me llevé porque no se decidió nada sobre los comentarios hechos por Elonis en su página de Facebook hacia su novia y los agentes del FBI. Para aquellos que no lo saben, Elonis fue un hombre que por despecho comenzó a escribir líricas de rap bastante violenta y gráficas contra su novia y agentes del orden público. Esto produjo que lo fueran a visitar agentes del FBI y que, posteriormente, le radicaran cinco (5) cargos criminales por violación al 18 U.S.C sec. 875 (c): esto es trasmitir a través del comercio interestatal comunicaciones que contuviesen amenazas de hacer daño a una persona. 


En el tribunal de instancia, Elonis solicitó al juez que instruyera al jurado que el gobierno Federal tenía que demostrar que Elonis tenía la intención de trasmitir una amenaza. Obviamente tanto el tribunal de instancia y el de apelaciones rechazaron ambos dicha instrucción; basándose en que una persona prudente y razonable consideraría esta manifestaciones como una amenaza. Hasta ahora, no veo ningún reclamo de libertad de expresión como las redes sociales querían hacernos ver. Si quieren ver el lenguaje intimidante en la pagina de Facebook y una relación de hechos del caso más completa, les incluyo el enlace al final de este post.

De antemano debo indicarle que la Corte Roberts decidió este caso de la siguiente manera: la opinión mayoritaria fue suscrita por C.J Roberts y se le unió S. Sotomayor, R.B. Gingsburg, E. Kagan, S. Breyer, A. Scalia, y A. Kennedy. Hubo dos disidencias: S. Alito y C.Thomas.

En la argumentación final del caso a nivel de instancia, el procurador indicó que no era importante si Elonis tenía la intención de amenazar (it doesn't matter what he thinks).

El Tribunal Supremo, en su objetivo de interpretar la ley, indicó que si un estatuto omite mencionar en su articulado la intención criminal (mens rea, scienter) no significa que la misma no se considere. En pocas palabras y citando ad verbatim a C.J. Roberts: wrongdoing must be conscious to be criminal. Es decir, y el propio Roberts lo dice, la máxima de que la ignorancia de la ley no lo exime de su cumplimiento es muy cierta, pero en casos criminales, tiene que demostrarse la intención de delinquir. Para sostener su posición Roberts cita el caso de Morisette v U.S. 342 US 246 (1950). Hay otros ejemplos jurídicos que C.J Roberts discute que no creo prudente incluirlo por no abrumarlos de datos. 

De igual manera, pudiéramos deducir que C.J. Roberts regaña juridicamente al tribunal de instancia por aplicar una norma de derecho extracontractual en un caso criminal. Es decir, el principio de que una persona razonable entendiera que las expresiones de Elonis eran amenazantes. En el Derecho Penal este quantum de prueba no puede ir por encima del estado mental del acusado (wrongdoing must be conscious to be criminal). El estado mental de un acusado está muy afianzado en el Derecho Penal de EE UU, y no es momento para obviarlo o pasarlo por alto.


Para los aficionados al Derecho y en específico al Derecho Penal, les incluyo el enlace de la decisión de Elonis v. US. http://www.supremecourt.gov/opinions/14pdf/13-983_7l48.pdf. En este enlace pueden ver en detalle todo lo que se discutió en este caso y por qué la decisión mayoritaria no acogió las preocupaciones de Alito y Thomas.

Monday, May 25, 2015

El libro de Chemerinsky

Si usted leyó mi blog sobre Sydney Powell, no puede dejar de leer éste y no es porque uno el otro son excelentes; yo soy el peor autocrítico porque siempre pienso que algo puede ser mejor. Tampoco me considero un crítico de literatura, porque no creo en los críticos de nada, ya una vez dije que los críticos son meros entes que nunca han logrado una posición en la academia. Mas sí creo que puedo publicar mi opinión sobre un libro para que el lector tenga una idea de lo que trata el libro y de lo que leo. No tengo la intención, ni la tendré nunca, de decirle que usted debe leer. Usted es libre de leer lo que quiera. Para tenga una idea de lo que leo y me gusta, he dejado a un lado, en dos ocasiones, el libro de Nadine Strossen y no porque es aburrido, sino porque mi lapso de atención en un libro puede ser interrumpido si de repente un amigo en Washington DC me recomienda un libro.  Tampoco intente pedírmelo prestado porque el mismo contiene un sin número de anotaciones, párrafos subrayados e ideas para un futuro usar en algún escrito. Además, para mí los libros y la guitarra es como la pareja de uno, nunca se "presta" sin querer sonar a posesivo.

Acabo de terminar el libro de Erwin Chemerinsky titulado The Case Against the Supreme Court. Este es uno de tantos libros que un estudiante de Derecho debe leer antes de embarcarse en estos estudios o de forma inmediata, si ya lo empezó. Si quiere saber quien es Chemerinsky, le incluyo el enlace para que lea su biografía.  http://www.law.uci.edu/faculty/full-time/chemerinsky/. Una cosa sí le puedo decir, él ha postulado ante el Tribunal Supremo Federal, como Lawrence Tribe, pero lo admiro más que a Tribe y su libro va a la médula de la vertiente ideologica conservadora que no ha sido ajena a este alto foro.

Chemerinsky discute al detalle varios casos y las distintas vertientes ideológicas que han dirigido al Tribunal Supremo a concluir de la forma en que lo han hecho durante los últimos noventa años. Discute en detalle lo que pudieron o no debieron hacer los jueces en cada una de estos casos y cual puede ser el panorama en el futuro a base de lo decidido en los mismos. En estos casos, él se dirige al Supremo por el nombre del Juez Presidente de ese momento. A lo mejor usted no lo sabe, pero en muchas ocasiones al Tribunal Supremo Federal se le llama por el nombre de su Juez Presidente. A modo de ejemplo la época de los 50's a los 60's se le conoce como Warren Court, siguiéndole la de  Burger Court, y a ésta la de Renhquist Court y, actualmente, tenemos para concluir la de Roberts Court (aunque hay otros que le llaman Kagan Court, un término que no estoy muy de acuerdo). Esta se espera que sea una de las presidencias más largas en el Tribunal Supremo porque John Roberts solo tiene 60 años y lleva ya diez presidiendo este Alto Foro.

Chemerinsky lo llevará a principios del siglo XX en un caso que me dejó perplejo y atónito, en especial por la posición asumida por uno de los baluartes defensores de la libertad de expresión: Oliver Wendell Holmes. Fue en Buck v Bell donde Chemerinsky de un plumazo demostró que todos, incluyendo a Oliver Wendell Holmes, somos mortales y tenemos nuestros fallos. Yo siempre me refiero a la debilidad humana con la siguientes frase: Todos somos héroes y villanos en esta película de la vida. He aquí el enlace para una lectura del caso, por si le interesa: https://www.law.cornell.edu/supremecourt/text/274/200.

Pero no solamente él habla de Wendell Holmes, sino también entra de lleno en la época de Fred Vinson, quien falleció de repente en el 1953, para posteriormente entrar en la epoca de gloria del Tribunal Supremo de los EE UU conocida como la Corte Warren y concluye de forma sistemática con la estocada final al entrar a discutir una serie de casos resueltos por la corte de Roberts donde favorece a ciertos sectores económicos y politicos. Es en esta parte que le sugiero al lector, si decide a aventurarse a comprar este libro, que preste sumo cuidado. Hay datos que si se lee de forma ligera pierde el sentido de una conducta no esperada de los defensores del puro federalismo. Bush v Gore, rings a bell? Si me pide el libro prestado para ojearlo delante de mí, va a ver todas mis anotaciones y parrafos subrayados en esta parte porque yo no paso de conservador al leer un libro de este tema.

Este es un libro, como el de Mark Tushnet In the Balance: Law and Politics on the Roberts Court, que todo estudiante de Derecho debe leer y releer; al igual que debe hacer con el de Sidney Powell.  Si no estudia Derecho o ya completó sus estudios, debe leerlo de igual manera, digo si este tema es de su interés.

Como dicen los americanos, a word of caution: no lea el libro de Sidney Powell, y Erwin Chemerinsky uno detrás del otro, es probable que ocurra una de dos cosas: se entusiasme mucho con querer ser un abogado y lidiar una batalla simbólica con la injusticia; o, desista de sus estudios porque entiende que usted puede aportar a la sociedad desde otra profesión distinta a la de abogado. Si ya cometió el pecado mortal, como yo, de ser abogado hace mucho tiempo, no se preocupe, ya el daño nuestro es irreparable y lo mejor que puede hacer es leerlo para entretenerse y conocer otra vertiente de pensamiento sobre este tema.