Saturday, February 28, 2015

Mi primera vez ante un comité evaluador de nombramiento judicial - Troisième et Dernière Partie

No recuerdo cuanto tiempo pasó de las entrevistas cuando la Oficina de Nombramiento Judicial de La Fortaleza me llamó para decirme que me habían calendarizado una; sí recuerdo que fue en una tarde de verano en donde ese sol puertorriqueño azota sin piedad a todos aquellos que osan caminar por las calles sanjuaneras en chaqueta y corbata. Ese día tan importante lo solicité con cargo a vacaciones y era la entrevista final para que este Comité subiera mi nombramiento a la oficina del Gobernador.

Una vez llegado el día, tuve que ir directamente a la Oficina de Nombramientos en el edificio conocido como Anexo de La Fortaleza. Ahí esperé en la recepción por más de media hora; siempre acostumbro llegar con mucha antelación a las reuniones en caso de algún percance en el camino. Esta Oficina ubicaba en un tercer nivel y para llegar a ella era como caminar en un laberinto de escaleras, el ascensor de ese edificio nunca me produjo confianza.

Mientras esperaba miraba a mi alrededor y me asombraba que el aire acondicionado apenas se sentía; esto me transportó al 1989 cuando trabajé para la Oficina de Preservación Histórica en la Calle San José esquina Luna, siempre pasaba calor en ella y esa unidad no era lo suficientemente potente para refrescar. Donde estaba sentado podía escuchar a la gente hablar de diferentes temas que no eran nada interesante y de un alto nivel intelectual. En la recepción no había nada para leer y ayudarme a matar el tiempo mientras esperaba; demás está decir que el nerviosismo se apoderó de mí durante la espera y sentía como mis manos sudaban; si las exprimía podría crear un pequeño mar en un vaso plástico que había en la fuente de agua.

Una vez me llamaron, bajé a una oficina ubicada en el primer nivel donde me aguardaban tres personas en una mesa pequeña redonda de conferencia; eran dos hombres y una mujer. De los tres solo conocía a dos de ellos que eran abogados; la tercer miembro era contable. Ella parecía una persona  muy agradable y siempre sonreía; nunca me preguntó nada ni comentó sobre mis estados financieros. A veces me daba pena por ella por tener que estar sentada todo el día escuchando a abogados discutir sobre Derecho. A ellos los conocía por muchas razones: uno de ellos era el presidente de una institución educativa y el segundo fue juez del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico. Me llamó mucho la atención la organización de cómo estaban sentados: a los que conocía estaban ambos sentados juntos y ella estaba a la izquierda del ex-juez.

Las preguntas giraron en torno a mi asuntos académicos/profesional y hasta en la discusión de un caso no tan hipotético. En lo académico me preguntaron sobre mis credenciales académicas, la reválida, los puestos ocupados y mi experiencia y el por qué había esperado tanto para solicitar para juez. En cuanto a esta última pregunta, la cual creo que contesté fatal, mi respuesta fue más o menos la siguiente: Ser juez era una gran responsabilidad. Una vez en la clase de Historia de Derecho Puertorriqueño, el hermano de uno de los miembros del Comité había dicho en la clase que para ser juez uno debe sentirse preparado y maduro. No todo el mundo está hecho para ser juez. Yo entendía que mi momento había llegado para poder solicitar un puesto como juez y que agradecía el tiempo de ellos y los anteriores oficiales que me entrevistaron para que sean el cedazo sobre mi capacidad intelectual. Al poco rato de haber contestado me di cuenta que nunca debí de haber mencionado el nombre de ese profesor porque lució como un acto de adulación o buscando gratificación. de uno de los miembros de este panel.

No empece este error garrafal, las preguntas en materia de Derecho no cesaron y fueron interesantes. Me preguntaron sobre el Derecho Penal y Derecho Constitucional y quienes fueron mis profesores. Sobre Derecho Constitucional trajo a la mesa la discusión de dos artículos de revista jurídica que ya tenía en mi haber. Sobre este ultimo tema y siguiendo la línea de bombardeo de preguntas, el Presidente de esa institución me hizo una pregunta relacionada a un juego de béisbol que se celebró en el Hiram Birthorn. La controversia presentada por él giraba en torno al uso de unas pancartas inmensas con mensajes escritos en contra del gobierno de Fidel Castro y que habían creado malestar en ciertos grupos del público. Mi respuesta, en resumen, giró en torno a la discusión de los fundamentos de Derecho aplicable y que legitimaba la libertad de expresión de estos manifestantes. Con esta pregunta cerraron con broche de oro mi comparecencia y de ahí recurrimos al saludo y a la despedida cordial al estilo inglés de mi parte; obviamente esa entrevista fue un definitivo bid farewell a un sueño bajo esa administración gubernamental.

Una vez termine esta parte del proceso, muchos conocidos se me acercaron con la excusa de que estaban cabildeando por mí para el puesto; pero en realidad siempre pensé que estaban como buitres buscando un contrato con la agencia para la cual yo laboraba; cosa que no ocurrió.

Es obvio que a esta altura se preguntará si fui nombrado. Lamento decirles que no salí de la segunda base del juego de pelota y que mi expediente debe de estar en un archivo terminado o como le llaman los colonizados dead file.

Todo ese alegado cabildeo por estos conocidos no produjo nada y dudo mucho que ellos estuviesen haciendo algo por mí. Las razones para no haber sido nominado o elevado mi solicitud al Senado de Puerto Rico pueden ser muchas. Yo presumo que hubo muchas razones que motivaron el archivo de mi solicitud. Comparto con ustedes mis inferencias, que pueden ser equivocadas, pero lo dudo. Veamos.

1) Nunca di un contrato a aquellos que alegadamente cabildeaban por mí para el puesto ya que no gozaban de mi confianza, aunque ellos perteneciesen al gobierno de turno; 2) un amigo, muy apreciado por mí, me dijo que tenía un agravante en mis credenciales profesionales y ésta era el haber trabajado para un bufete identificado con el partido opositor, una gran razón de peso para juzgar a un buen candidato por personas endebles; 3)  como parte del plan para ahorrar, reduje y eliminé contratos de asesoría legal, en especial a un bufete Popular  quién se quejó en la Mansión Ejecutiva produciendo que un oficial del Gobernador me enviara un mensaje de texto para increparme por esta acción, la cual no contesté; 4) contraté una persona en contra de la voluntad de ese mismo funcionario porque ese abogado no gozaba de su confianza (luego ese abogado perdió toda mi confianza en el 2012); y por último, nunca fui militante del partido de turno ni estaba inscrito a favor de partido alguno para esa fecha, era crítico de todo aquello que no me pareciese bien y no tenía un padrino que me moviera en las entraña de las bestias que se encontraban en La Fortaleza. Si existiese otra razón, no le doy tanto peso a las que aquí presento. Muchas veces esta oficina tiene muchos titiriteros que mueven el cordón de la marioneta a su antojo o la deja en una maleta por haberse portado mal. Yo me quedé en la maleta.

A pesar de esta experiencia, para el 2009-2010 volvería a un nuevo intento olvidando lo que Santayana había dicho: El pueblo que olvida su historia está condenado a repetirla. En esa ocasión el escenario tenía como papel protagónico a dos personas: Fortuño y el  Colegio de Abogados. 

Monday, February 23, 2015

Mi primera vez ante un comité evaluador de nombramiento judicial - Deuxième Partie

Desde que estudiaba en la Facultad de Derecho, siempre leía los perfiles de abogados de algunos bufetes de la Milla de Oro y de algún que otro bufete en el extranjero en el libro de Martindale Hubell; éste era la enciclopedia del Who's Who en los bufetes de Puerto Rico y de otras partes de Estados Unidos. Siempre he tenido la manía de husmear los perfiles de las personas y saber con quién me estaría entrevistando o con quien quisiera entrevistarme en un futuro; o incluso de profesores de universidad, algo que hacía desde la Universidad de Puerto Rico al leer el curriculum vitae de los profesores que me interesaba tomar clase. Esta manía ha aumentado con el pasar de los años y la Internet me ha facilitado el accesar las redes sociales y ver lo que la gente publica y conocer su educación y experiencia laboral. No en balde algunos me llaman NSA porque cuando quieren que averigüe el trasfondo educativo y laboral de alguien me piden que haga una búsqueda y rinda un informe verbal. La Internet y sus redes sociales son una maravilla pero a la vez es una navaja de doble filo para muchas cosas.

De la misma forma que los jueces nominados al más Alto Foro deben revisar y refrescar su memoria con sus escritos, memorandos, opiniones y otras publicaciones; así hice yo en mi proceso de auto-investigación de toda mi actividad social en las redes y en la Internet; no me preocupaba que surgiera una foto mía porque no soy fotogénico y soy apático a aparecer en fotos de un tiempo para acá. Muchas personas me habían dado consejos de poner en la solicitud de nombramiento judicial aquellas referencias que se identificasen con el partido político de turno; cosa que hice y añadí a uno que otro independentista a quienes aprecio increíblemente. Esta modalidad es muy común en Puerto Rico para lograr pasar el cedazo inicial de ser identificado con el gobernador de turno; algo bastante absurdo y patético porque a la hora de la verdad los jueces no hacen política pública.

Pero de la misma manera que estas personas me aconsejaron esto, ellos nunca me aconsejaron el revisar mis escritos o mis cuentas en redes sociales para examinar si había cualquier material comprometedor; en pocas palabras evaluar si mis expresiones o fotos pudieran afectar mi honestidad y temple como juez si alguien las veía. En realidad mis cuentas siempre han tenido el grado de mayor seguridad y privacidad permitido, pero siempre hay un perito en computadora que puede romper estas barreras y ver lo que uno publica; en mi caso no me preocupaba el contenido porque siempre he sido dueño de mis pensamientos y tengo un buen filtro escrito.

Debo admitir que este tipo de auto-investigación fue bastante interesante porque sabía que habían dos escritos universitarios que me iban a comprometer grandemente. Uno de ellos fue preparado para una clase de  Ciencias Políticas sobre Relaciones Internacionales. Ese escrito giraba en torno al status de Puerto Rico ante las Naciones Unidas y los diferentes proyectos de estadidad presentado ante la Asamblea Legislativa, en particular, el Proyecto de Estadidad de Gerald Ford y las ponencias de Daniel Moyniham. El escrito era una crítica bien severa a todo este trámite y concluía con una solución de conformidad al deseo del pueblo puertorriqueño en el 1988. El otro escrito era la historia de un partido político en Puerto Rico que más que una narrativa histórica era una crítica a ese partido. Un profesor que me la pidió en el 1989 para evaluar mi solicitud de ingreso a la Facultad de Humanidades la tildó de sensacionalista; años más tarde algunas frases denominadas sensacionalistas eran copiadas en un artículo de él en un rotativo de Puerto Rico.

No obstante, no me preocupé tanto al no poseer estos escritos en mi poder,  mi solicitud de juez no iba dirigida a una posición de tal envergadura como lo era la de un puesto en la Rama Ejecutiva o en el Tribunal Supremo.  Mi meta era repasar mis escritos de revista jurídica, mis opiniones sobre algún asunto de política pública de las agencias gubernamentales para las cual había trabajado y mis comentarios en las redes sociales. Una vez revisado todo esto, supe como contestar a cualquier pregunta sobre mi opinión en cuanto a un asunto de corte político; la respuesta preparada iba a ser cónsona con el deber de un juez: mi opinión vertida sobre un asunto previo a ocupar una posición como juez no constituye ni constituirá un obstáculo para ser imparcial y poder emitir una determinación sobre un asunto ante mi consideración conforme a Derecho. Más o menos iba a sonar así porque todos tenemos que preparar un libreto, incluso al litigar un caso.

Para el mes de abril de 2006 recibí una llamada de un oficial de la Oficina del Gobernador para indicarme que me tenía que entrevistar, era un agente del Negociado de Investigaciones Especiales adscrito a la Mansión Ejecutiva. Me pidió que le ofreciera fechas disponibles y se las ofrecí, para esa fecha ya ocupaba el puesto de Asesor Legal General de la Compañía de Fomento Industrial y tenía mis manos llenas y trabajaba los siete (7) días a la semana. No había pasado una semana cuando de repente me empiezan a llamar las personas que había ofrecido como referencia. Todos me decía que habían hablado bien de mí y se los agradecí. Algunos de ellos me contaron de que consistió las preguntas y cuanto tiempo duró la entrevista personal o por teléfono. Incluso, muchos vecinos me llamaron preocupados porque un agente quería hablar con ellos sobre mi persona y les tuve que explicar en que consistía el proceso. En adición a todas estas referencias, parte de su diligencia investigativas de este agente incluía el tener hablar con jueces ante quien postulé y con abogados de la parte adversa. 

El día de mi entrevista con el agente, éste me explicó el proceso previo con mis referencias sin entrar en detalles y de que consistiría el mío. El agente estuvo alrededor de 20 minutos conmigo y hablamos sobre mi relación con los compañeros que laborábamos en la División Legal. La conversación pasó de formal a informal. Puedo decir que me sentí cómodo como pez bajo el agua. Antes de concluir conmigo me dejó saber que uno de los jueces mencionados en mi solicitud había hablado muy bien de mí; me imaginé cuál juez fue y que era de la Región de Mayagüez. Las palabras dichas por el agente sólo podría venir de esa juez ante la cual litigué casi siempre por dos años.

Mientras terminaba sus notas, solicitó reunirse con la que era mi secretaria y con otros abogados para hablar sobre mí y mi trato con ellos. Nunca supe que habrá dicho la que era mi secretaria ni le quise preguntar; entre ambos no existía esa confianza y no pensaba cruzar esa línea. Una cosa que sí surgió de esas entrevista es que algunos abogados, según ellos me dijeron, se quejaron de que era muy exigente y que era compulsivo con mi trabajo ya que llegaba a las 7:00 am y salía después de las 8:00 pm; es obvio que yo esperaba de ellos la misma actitud y se los había manifestado, pero nunca logré este compromiso.

Si algo aprendí de todo este proceso, es que no todas las investigaciones de estos agentes son idénticas; alguna que he escuchado son minuciosas y otras, como la mía, no lo son. En mi entrevista nunca surgió pregunta sobre mis comentarios en blogs de otras personas, mis artículos de revistas, ni de ninguna opinión sobre algún asunto de Derecho que fuera motivo de inquietud por mi postura liberal. Ese agente rindió un informe  del cual nunca tuve copia y siempre me quedé con la inquietud si podría pedir copia del mismo ya que es un documento público sobre mi persona; como hacemos en la esfera federal al amparo del Freedom of Information Act.

Una vez concluido todo este proceso inicial, la incertidumbre e inseguridad me consumía por dentro ya que la tercera fase de todo este proceso era la entrevista con los representantes del Gobernador . Estos serían los que finalmente recomendarían un nombramiento a aquél para someterlo al Senado de Puerto Rico. El tiempo marcaría el paso pero habían ciertos cabos que no estaban atados del todo.



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Sunday, February 22, 2015

Mi primera vez ante un comité evaluador de nombramiento judicial - Première Partie.

Fue para enero de 2006 cuando decidí que mi tiempo en la Compañía de Fomento Industrial (en adelante Fomento) tenía que llegar a un fin y era momento de subir un escalón adicional en mi carrera; ser miembro de la Rama Constitucional más prestigiosa de Puerto Rico, la Judicial.

Para principio del 2006, el plan de cesantías estaba en vigor en Fomento y los empleados estaban desesperados y en estado de "indefesión". Sonaba en los pasillos la frase de que "las batatas se iban a ir" y surgieron hasta expresiones por televisión que luego trajeron cola. Admito que estos eventos catapultaron mi deseo de no querer ser más un abogado postulante sino de estar al otro lado de la verja: ser un juez al estilo de Negrón García, Wendell Holmes o de Emmet Sullivan; obviamente en un tribunal de menor jerarquía.

El llenar el formulario de nombramiento para juez del Tribunal Superior de Puerto Rico y obtener todos los documentos necesarios para radicarlo en la Oficina de Nombramientos de la Fortaleza no fue nada engorroso. Lo engorroso siempre se me ha dado bien; tengo una paciencia para desmenuzar, recopilar y evaluar papeles que fue desarrollada durante mis años de bachillerato en la Biblioteca José M. Lázaro de la Universidad de Puerto Rico durante mis investigaciones usando los tarjeteros.  

Para la posicion de juez superior se requería por lo menos siete (7) años de experiencia en la profesión y yo había superado eso por mucho tiempo. Al haber completado el formulario en todas sus partes y con todos los documentos anejos, fui a la Fortaleza en una tarde con Puri quien esperaba en el auto mientras hacía esta diligencia; estacionar en el Viejo San Juan es lo más pesado del mundo y caminar con chaqueta y corbata me iba garantizar que llegaría sudado como un cosaco ruso.

Al momento de hacer la entrega me saludó gratamente el director de dicha oficina con quien había trabajado en otras ocasiones para tiempos de Sila María Calderón; pensé que todo iba a correr adecuadamente y sin tropiezos, cosa que al final no ocurriría. Incluso, poco después le comenté a un cólega que me preocupaba que mi nombramiento no fuera considerado por razones políticas. Mi temor estaba fundado en que para los años de 1999 al 2001 había trabajado con un bufete que se identificaba con el Partido Nuevo Progresista y en donde uno de sus socios se había puesto las botas escribiendo en El Vocero cosas en contra del Gobernador de Puerto Rico. El y otros más me decían que descuidara que todo marcharía bien. Una vez más, luego de leer el Sable del Caudillo de José Luis de Villalonga, me retumbaba en mis sienes aquella frase tan odiosa de que "dejo todo bien atado". 

No pasó ni dos semanas desde la radicación cuando recibí una llamada de un empleado del Colegio de Abogados de Puerto Rico diciéndome la fecha de la entrevista ante la Comisión de Nombramientos Judiciales de esta institución. A pesar de que estaba seguro de muchas materias, me faltaba prepararme en otras que carecía de experiencia o que se me había olvidado porque no me interesaba. Como dije en una publicación anterior, busqué y pregunté sobre cómo prepararme y que debía de hacer.  Empecé a "bajar" libros de mi biblioteca y a comprar un resumen de Derecho Penal de esos que vendía una librería cerca de la Facultad de Derecho de la Universidad Interamericana. En cuanto al tema de ética judicial compré un libro de la American Bar Association y me lo aprendí como si fuera parte del MPRE. Las noches y fines de semana de preparación y estudio me recordaban cuando estudiaba para la reválida; fueron extenuantes, pero no quería hacer el ridículo. Yo había escuchado que a veces el comité se componía de dos a tres abogados preguntando y a veces eran más. No iba a correr ningún riesgo por falta de preparación; ese fue el momento en que mi conducta compulsiva por prepararme kicked in.

Llegado el día y habiendo ido al salón de conferencia del segundo piso de la sede del Colegio de Abogados de Puerto Rico en Miramar, me indicaron que mi entrevista comenzaría a las 7:00 pm ante un panel compuesto por 7 abogados (5 hombres y 2 mujeres) de distintas regiones judiciales. Al enterarme de la composición del panel admito que mi presión arterial se precipitó al saber que dos de ellos eran litigantes de primer orden y su reputación de entrevistadores era de miedo. Lo que me llamó la atención era el número de hombres que componía el grupo, un mal que aqueja a nuestra sociedad.

Al ser mi turno, me sentí como estudiante de grado doctoral que iba a defender su tesis ante un panel. Yo estaba en una silla tipo pupitre en el medio del salón el cual no era muy grande, el panel había puesto sus sillas en forma semicircular. Me llamó la atención que las dos abogadas se encontraban a mi derecha mientras que la mayoría de los abogados se encontraban a mi izquierda. 

La entrevista-evaluación comenzó repasando mi solicitud y con preguntas sobre mis años en la Facultad de Derecho y el trabajo que realicé durante mis años en el gobierno y en el sector privado. No había un orden de hacer las preguntas, era como si yo estuviera argumentando un caso ante el Tribunal Supremo, contestando preguntas y uno del panel interrumpía con otra o esperaba mi respuesta para formular una pregunta distinta o a tono a la anterior. No había pasado ni media hora cuando un representante de la Delegación de Río Piedras me comenzó a preguntar sobre casos de expropiación y lo que ocurría cuando el gobierno permitía el desalojo de familias pobres para disponer de terrenos y venderlos para la construcción de algún adefesio que beneficiara a un comerciante. Para esa fecha se estaba cuestionando las expropiaciones del Municipio de Guaynabo en el barrio Frailes de dicho municipio. Mi respuesta estuvo basada en el concepto del fin público y lo que constituía; recuerdo haber citado el caso de Rosso v ELA  y el de Adm. de Terrenos v Nerashford. Al final de mi respuesta terminé diciendo que me limitaba a contestar la pregunta en cuanto a la normativa de Derecho vigente; el entrar a dar mi opinión constituía un quebranto de mi deber judicial de expresarme con antelación a cualquier controversia que yo pudiera tener ante mi consideración si fuera confirmado para juez. Me percaté que todos estaban tomando notas de mis respuestas y al parecer la respuesta fue bien recibida porque unos cuantos sonreían demostrando aceptación. En ese momento pensé que bien valió la pena el haberme leído algunos libros sobre jueces del Tribunal Supremo Federal y su proceso de preparación previo a una evaluación del Senado.

No había pasado ni un minuto cuando un fiscal me asaltó con preguntas sobre delitos y mi postura sobre las masacres. Al fiscal lo conocía porque estudiamos juntos y no quise dar muestra de tal hecho; pero si existía alguna duda sobre nuestra relación de compañeros de estudios al final de este proceso, creo que con su pregunta disipó cualquier sospecha consideración porque su pregunta no fue fácil. Recuerdo la línea con que la comencé mi respuesta: El señor fiscal habrá observado que mi experiencia no es en el área de lo criminal, porque nunca tuve la sangre para ser abogado criminalista, pero intentaré, lo mejor que pueda, contestar la pregunta formulada. Su comentario, en tono jocoso fue cólega me insulta por no querer ser criminalista. Mi respuesta estuvo limitada a mencionar los elementos del delito según el Código Penal vigente y de las instrucciones que daría si el juicio fuera por jurado. Sí tengo presente y con claridad mi cierre a la respuesta: es probable que no haya tocado todos los elementos del delito ni alguna otra jurisprudencia, pero usted puede estar seguro que si fuera asignado a una sala criminal haré justicia según me fuera requerido porque enviar a alguien a la cárcel constituye una gran responsabilidad.

El resto de las preguntas giraron en torno a casos recién resueltos por el Tribunal Supremo de Puerto Rico, mis escritos jurídicos sobre libertad de expresión y la funciones sobre lo que debe ser un buen juez. Todo este proceso duró alrededor de dos horas que parecieron eternas. Una vez terminado este proceso todos me desearon suerte y no dieron indicio de su fallo o determinación sobre mi solicitud o mi capacidad para ser juez.

En una próxima  publicación contaré mi experiencia con los agentes del orden público y su método de evaluación de mi persona y el comité evaluador de la Fortaleza. Abajo incluyo el enlace del Informe del Colegio de Abogados de Puerto Rico favoreciendo mi nombramiento en el 2006.

http://www.capr.org/dmdocuments/Actas_04_06/feb_06.htm

Thursday, February 12, 2015

La imparcialidad de los jueces

Recuerdo con claridad todas las entrevistas a la que fui cuando solicité un puesto de juez en la Rama Judicial de Puerto Rico. Antes de acudir a ellas, estuve buscando información de cómo prepararme para ellas. No sólo repasé el Derecho sustantivo en el ámbito civil y penal sino que comencé a buscar información de jueces que pasaron por el mismo proceso. Las respuestas eran variadas, desde que repasara solamente la materia que no era ducho en ella– siendo mi debilidad el Derecho Penal- como el consejo de que todo va a ir bien y estaba planchado –este último consejo me recordaba la famosa anécdota de El Caudillo en donde él decía que “dejaba todo bien atado” antes de morir en el 1975. No obstante, estos consejos no fueron suficientes para mí. De todos estos consejos faltaba algo que no me hacía sentido y no me dejaba tranquilo: tenía que estudiar los Cánones de Ética Judicial y nadie me dijo nada sobre esto. Si quería ser juez debía conocer, al igual que hice con los Cánones de Ética Profesional, lo que dichos cánones requerían de un magistrado. Yo sabía que muchas preguntas iban estar dirigidas a medir mi temple judicial si tuviera algún caso de relevancia ante mi consideración, en la eventualidad que el Gobernador sugiriese mi nombramiento. Para demostrar qaue poseía temple judicial era necesario estudiar normas Éticas. 

Estos Cánones de Conducta Judicial no pretenden codificar cada conducta, sino que están escrito de forma general para que su interpretación vaya de lo básico a lo específico, en la eventualidad que un juez se desvíe de lo que es esperado de ella o de él. Estos cánones tienen como fin el que la ciudadanía confíe plenamente en esta Rama.

Pero, ¿qué es lo que hace a este funcionario judicial una persona especial y distinta al resto de los funcionarios de las otras ramas constitucionales del gobierno? Su imparcialidad en todos los sentidos. Si se repasa el Preámbulo de los Cánones de Ética Judicial de Puerto Rico  éste reza:
 …al asumir el cargo aceptan también ciertas restricciones a su conducta, tanto en el ejercicio de sus funciones propiamente judiciales, como en sus demás actividades, ya sean personales o profesionales.
Enfasis del suscribiente.


Estas restricciones en su conducta incluye, pero no está limitado a, lo siguiente: su ideología política, , sus expresiones o representaciones, su creencia religiosa como cualquier otra conducta o idea que pueda producir en el ciudadano promedio una desconfianza dich juez, y por ende en la Rama Judicial. Es por eso que no vemos a los jueces participar de mitines poíticos ni en manifestaciones en las calles. De igual forma, no es razonable que un juez participe activamente en la televisión o en cualquier otro medio expresando a los cuatro vientos sus ideas religiosas en cuanto a cierto asunto o comportamiento.

En Puerto Rico, como en Estados Unidos de América, cuando un juez actúa de forma tal que denota parcialidad, las comisiones disciplinarias revisan el Código Ético para determinar cuantos cánones dicho juez violó con su conducta. Hasta la fecha no he visto una querella o caso en donde se le impute a un juez la violación de un solo canon. En Puerto Rico, la imparcialidad de un juez podría violarse si este juez juzga a un ciudadano al emplear elementos religiosos a su decisión o conducta en sala. Por ejemplo, un(a) juez(a) puertorriqueño(a) que tenga ante sí una controversia de división de bienes de una pareja consensual del mismo sexo y diga que va a resolver a razon del Derecho y sus creencias religiosas (matrimonio solo puede ser entre una mujer y un hombre) estaría violando a lo sumo el canon 5 (conducta discriminatoria prohibida), canon 8 (desempeño de sus funciones adjudicativas-imparcialidad), canon 9 (evaluación de la prueba, su creencia religiosa no es parte de la prueba presentada por los abogados) y el canon 14 (conducta en los procedimientos judiciales cuando su creencia religiosa pueda resultar en una crítica al ciudadano por su orientación sexual). A esos efectos, la comisión disciplinaria y el Tribunal Supremo tendría que pasar juicio sobre la conducta de dicho juez en cada uno de dichos cánones y su imparcialidad al adjudicar la controversia.

Lo mismo ocurre en EE UU, en donde cada estado ha adoptado o ha redactado su propio código de conducta judicial usando como guía el Model Code of Judicial Conduct de la American Bar Association. Así, usando el mismo ejemplo anterior, un juez estadounidense que incurra en dicha conducta habría violado las siguientes reglas del Model Code: 1.2 (promover la confianza en la judicatura, nuevamente se menciona la imparcialidad del juez), 2.2 (imparcialidad y justicia), 2.3 (evitar prejuicio y opresión) y 2.4 (evitar la apariencia de influencias indebidas, incluyendo su creencias religiosas o políticas).

La persona que vaya a ocupar el cargo de juez debe de estar seguro, antes de vestir la toga, que tiene una obligación de despojarse de su velo religioso, político o de cualquier idea prejuiciosa que pueda afectar el desarrollo de la justicia y los derechos de los ciudadanos que acuden a los tribunales para proteger y hacer valer sus derechos. Un juez logra su imparcialidad cuando acude todos los días a su sala con una mente abierta y objetiva para poder impartir la justicia que todos anhelamos; sin esa actitud nunca se podrá impartir ni recibir justicia. Citando el friso del Tribunal Supremo de Nueva York: "The true administration of justice is the firmest pillar of good government." Sin la imparcialidad y objetividad de dicho funcionario no podremos tener un buen gobierno.


Lecturas sugeridas:

Annotated Model Code of Judicial Conduct, publicado por la American Bar Association.

http://www.uscourts.gov/uscourts/RulesAndPolicies/conduct/Vol02B-Ch02.pdf.


Cleveland Bar Assn., v. Cleary, 754 N E 2d 235 (Ohio 2001).


Referencias:


http://www.ramajudicial.pr/opiniones/2005/2005TSPR39.pdf

http://www.americanbar.org/groups/professional_responsibility/publications/model_code_of_judicial_conduct.html





Tuesday, February 10, 2015

Un juez como ningún otro.

En la mañana de ayer, todos los medios noticiosos se habían hecho eco de la noticia del momento: el Tribunal Supremo de los Estados Unidos de América había declarado sin lugar la solicitud del Secretario de Justicia de Alabama de paralizar la orden que autorizaba el que las parejas del mismo sexo se pudieran casar en ese estado. Solamente hubo dos disidencias, Clarence Thomas, J., y Antonin Scalia.(1)  No obstante, la controversia mayor o mi interés en este caso no está limitado al reconocimiento de los derechos de las personas con orientación a su mismo sexo, sino que gira en torno a la figura del Juez Presidente del Tribunal Supremo de Alabama, Roy S. Moore. Este personaje de la judicatura del estado de Alabama es bastante conocido por sus actitudes desafiantes a los tribunales federales, en especial en el ámbito religioso. Como nota aclaratoria, este juez es elegido a dicho cargo mediante el voto de los constituyentes de dicho estado.

Comencemos haciendo un recuento, de forma cronológica, de la conducta judicial de este insigne juez ante el ordenamiento federal.
  •  El primer caso federal en donde Moore tuvo problemas con la ciudadanía se llama Glassroth v Moore. De la relación de hechos de dicho caso, surge con claridad que su actitud de imponer sus creencias religiosas comenzaron cuando era juez en Gadsden. En su sala él exhibía una placa de madera con los 10 Mandamientos e invitaba a ministros a rezar en su sala antes de dar inicio al calendario judicial del día. Toda esta practica religiosa comenzó en el 1995 y los demandante no prevalecieron. Dicen las testigos que en los casos por jurados dichos ministros se sentaban con los miembros de este cuerpo a rezar para que la divinidad les iluminara.
  • Para noviembre de 2000 Moore fue elegido Juez Presidente del Tribunal Supremo de Alabama. Una vez elegido se dio a la tarea de erigir un monumento en granito con los 10 Mandamientos y colocarlo en la rotonda del edificio donde ubicaba el Tribunal Supremo de Alabama, otras cortes de menor jerarquía, la biblioteca del Estado y la Oficina de Administración de los Tribunales. La colocación de dicho monumento nunca contó con el aval del resto del cuerpo colegiado de jueces del Tribunal Supremo de Alabama. A pesar de que dicho monumento contenía otras citas, las mismas no eran tan prominentes como lo era la palabra del Todo Poderoso. Para este notable juez, toda moral proviene de Dios y no del Hombre y por lo tanto la moral de Dios rige por encima de cualquier otra. Para hacer el cuento largo corto e ir a la médula de la decisión, el Tribunal de Distrito de los EE UU falló en contra de Moore concediéndole un término de 30 días para que removiera las placas por ser su exhibición en contra de la cláusula del establecimiento.(2)
  • Como Moore no estaba de acuerdo con la remoción del monumento, el Tribunal de Distrito emitió un interdicto permanente para que removiera el mismo en 15 días.(3) No obstante, el mismo quedó paralizado por estar pendiente el resultado de la apelación ante el Tribunal de Apelaciones de los EE UU para el Undécimo Circuito el cual confirmó la primera decisión de Glassroth, Id.(4) 
  • A pesar de estos fallos adversos, Moore no ordenó la remoción del monumento y obligó que los 8 miembros del Tribunal Supremo revocaran una orden administrativa y ordenaran la remoción del monumento.
  • La Comisión Disciplinaria Judicial radicó una querella contra Moore por violación a los cánones de Ética 1, 2(A)y (B) de Alabama y determinando su remoción de su puesto como Juez Presidente del Tribunal Supremo de Alabama.(5) En su dictamen, el Tribunal examinador determino que Moore violó la directriz de un tribunal federal con competencia en la materia y que estaba dirigida a él y que públicamente desafió dicha orden.
  • En noviembre de 2012 es nuevamente elegido Juez Presidente del Tribunal Supremo. En su perfil en la página de la Internet del Tribunal Supremo,(6) Moore, sin pudor alguno, publica su biografía que reza: 
In 1992, Chief Justice Moore became a judge of the Sixteenth Judicial Circuit of Alabama and served until his election as Chief Justice of the Alabama Supreme Court in 2000. In 2003 Chief Justice Moore was removed from his position by a judicial panel for refusing to remove a Ten Commandments monument that he installed in the rotunda of the Alabama Judicial Building to acknowledge the sovereignty of God
Énfasis del suscribiente.
  • El 27 de enero del corriente, Moore, como Juez Presidente, envía una carta(8) al Gobernador de Alabama cuestionando la decisión de un juez federal en el caso de Searcy v Strange decidido el 23 de enero de 2015.(7)  En este caso, el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Alabama indica que todas las legislaciones que establecen que el matrimonio es entre una mujer y un hombre violan las Cláusulas del Debido Proceso de Ley y de la Igual Protección de la Décimo Cuarta Enmienda de la Constitución Federal.
  • En dicha misiva Moore cita un caso de su corte que data del 1870 y en donde se establece que el matrimonio es una institución divina y reconocida en la Constitución de Alabama como un vínculo entre un hombre y una mujer; considera las decisiones de varios tribunales federales de corte tiránico  y hace un llamado a la oposición (we must act oppose to such tiranny). Esta carta, cuyo enlace se incluye, más que un escrito jurídico es de corte religioso y en contra de los cánones de ética judicial. 
¿Por qué digo que es una violación a los Cánones de Ética Judicial? Como indiqué en la cronología de los hechos, el Juez Presidente fue objeto de una remoción al mismo puesto que ocupa por haber desafiado una orden de un juez federal. Nuevamente, con su misiva cuestiona una decisión tomada por otro juez federal con jurisdicción sobre la materia y que no fue dilucidada  ante un tribunal estatal ni ante su consideración. Mas sin embargo, Moore ha decidido tomar el asunto nuevamente como una cruzada religiosa mediante medios no ortodoxos; una carta dirigida al Gobernador de Alabama.

A esos efectos, la Comisión de Disciplina Judicial debe, nuevamente, radicarle cargos por violación a los siguientes Cánones de Ética Judicial:

Moore viola el Canon de Ética Judicial 1 que dispone:
…A judge should participate in establishing, maintaining, and enforcing, and should himself observe, high standards of conduct so that the integrity and independence of the judiciary may be preserved….
Once años más tarde de su primer agravio ético, Moore invita al Gobernador de Alabama a oponerse tenazmente (sin mencionar el método) a la orden de un magistrado federal y que representa, a lo que él llama el gobierno tiránico, la desviación de lo que él considera moral bajo el ojo divino. Esta actitud de Moore es como una reencarnación del Gobernador Andrew B Moore que se unió a los otros estados Confederados en el siglo XIX. En especifico, su carta al final reza:
Be advised that I stand with you to stop judiciary tyranny and any unlawful opinions issued without constitutional authority.
Con esta oración, Moore viola el Canon de Ética Judicial 2(A) que dispone:
A judge should respect and comply with the law and should conduct himself at all times in a manner that promotes public confidence in the integrity and impartiality of the judiciary
 A su vez, al endosar su creencias religiosas en esta coducta viola el Canon de Ética Judicial 2(C) que reza:
A judge should not allow his family, social, political, or other relationships to influence his judicial conduct or judgment…
Este es un caso que hay que seguir muy de cerca para aquellos entusiasta de la materia de conducta profesional en la profesión de abogados y de la judicatura.


Las referencias y enlaces a este escrito se citan a continuación:


(2) Glassroth v Moore 229 F. Supp 2d 1290 (M.D. Ala 2002).

(3) Glassroth v Moore 242 F. Supp 2d 1067 (M.D. Ala 2002).

(4) Glassroth v Moore 335 F.3d 1282 (11th Cir 2003).


(5) Moore v Judicial Inquiry Comm’n of State 891 So. 2d 848 (Ala 2004).


(7) Searcy v Strange (S.D. Ala 2015)
  
(8)http://media.al.com/news_impact/other/Read%20Chief%20Justice%20Moore%20letter.pdf